El 29 de octubre se aprobó el proyecto de Ley de Información empresarial sobre sostenibilidad para la divulgación de la contribución de las empresas en cuestiones medioambientales, sociales y de gobernanza. Que traspone la Directiva europea #CSRD – Corporate Sustainability Reporting Directive o Directiva de Informes de Sostenibilidad Corporativa).
Su entrada en vigor será escalonada para facilitar la adaptación a la normativa europea. De esta forma, la obligación de información afecta a:
- Todas las empresas grandes. Cuando el activo supere los 25 M€ y el importe neto de la cifra anual de negocios supere los 50 M€. Distinguiendo dos grupos:
– Empresas grandes de interés público y entidades dominantes de grupos de interés público, de más de 500 trabajadores en ambos casos. Desde 1 de enero de 2024.
– Resto de empresas grandes y entidades dominantes de grupos grandes. Desde 1 de enero de 2025.
- PYMES cotizadas (con la excepción de microempresas y de PYMES que coticen en mercados alternativos y de crecimiento); aseguradoras cautivas que sean grandes, y entidades de crédito definidas como pequeñas y no complejas. Desde 1 de enero de 2026.
- Tanto las filiales como las sucursales españolas de empresas de terceros países que tengan un volumen de negocio en el territorio de la UE superior a 150 M€ deberán presentar esta información a partir de 1 de enero de 2028.Modificación umbrales de tamaño de empresas para la simplificación de obligaciones contables.

